Recientemente, la Procuraduría Federal del Consumidor dio a conocer un reporte sobre el contenido real de estas bebidas, las cuáles, en su mayoría contienen un porcentaje mínimo de sábila o aloe vera, a pesar de las promesas de contenido con las que se venden.
Las bebidas con Aloe Vera se han convertido en toda una moda, promocionando las valiosísimas propiedades que esta planta tiene, sin embargo ¿qué tanto de ella contienen en realidad?
Como parte del estudio se revisaron 23 bebidas con sábila, una más con extracto de la planta y dos con polvo sabor a Aloe Vera.
Los resultados apuntaron a que, a diferencia de otros países, las bebidas ofertadas en México contenían en promedio, solamente un 12% de Aloe Vera, mientras que, en países como Corea del Sur, estas cuentan con un 30% aproximadamente.
No obstante, las bebidas más comerciales resultaron tener porcentajes incluso más bajos, tal es el caso de Levité con un 0.01%, Sabifrut con 1%, AloeYa con 1.5%, Del Valle Pulpy con 2.2%, entre otras.
La cuestión es que esto, no solamente se presenta con las bebidas con Aloe, sino con muchos otros casos donde se ofertan productos bajo publicidad engañosa o a partir de información y mensajes confusos.
Otro ejemplo de lo anterior, son las bebidas rehidratantes y los sueros orales, que algunas veces ofrecen como ventaja el ser libres de azúcar, pero no informan con claridad otras sustancias que sí contienen, además, para rehidratar realmente, este tipo de bebidas deberían contener glucosa, sustancia fundamental en la restauración del equilibrio electrolítico en el cuerpo, que, a diferencia de azúcares como la fructosa y la dextrosa, presente excesivamente en la mayoría de las bebidas rehidratantes, es metabolizada por todo el cuerpo y no solamente por el hígado.
Ahora bien, ¿cuáles son los riesgos de desconocer la composición de los alimentos y bebidas que ingerimos?
Al no estar debidamente informados o dejarnos llevar por publicidad engañosa, corremos el riesgo de consumir alimentos y bebidas que pueden afectar nuestra salud, ya que está comprobado que el consumo excesivo de azúcar, grasas trans y otros nutrientes críticos que suelen contener los alimentos ultraprocesados, es uno de los principales factores para el desarrollo de enfermedades crónicas no transmisibles como la obesidad, la diabetes y padecimientos cardiovasculares.
En enero de este año fue aprobada la modificación a la NOM 051, norma que regula el etiquetado en los alimentos y entre cuyas principales disposiciones está el nuevo etiquetado frontal de advertencia que tiene como objetivo señalar de forma clara la composición de los alimentos y bebidas y alertar en torno a los excesos de algunas sustancias contenidas en éstos.
¿Qué productos llevarán este etiquetado?
-Aquellos que exceden la Ingesta Diaria Recomendada de azúcar, grasa, sodio, entre otros, es decir, bebidas rehidratantes que excedan la cantidad recomendada de azúcar, refrescos, jugos, papas fritas, golosinas, bizcochos, etc.
¿Qué productos no llevarán este etiquetado?
Los sueros orales de grado médico que contengan glucosa, bebidas que no excedan la cantidad de azúcar recomendada y alimentos que no excedan los nutrientes críticos al ser elaborados con granos enteros y otros ingredientes saludables.
Como consumidores, es muy importante buscar información de calidad y tomar decisiones conscientes en torno a nuestra alimentación e hidratación, ya que somos los primeros responsables de ellas.