Magistrados destituyen a Presidente del TEPJF acusado de irregularidades financieras

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En sesión virtual y en medio de una crisis institucional, el Magistrado José Luis Vargas fue destituido como presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la federación (TEPJF). En su lugar eligieron, cinco de siete magistrados, a Reyes Rodríguez Mondragón.

«Se ha perdido la confianza, no existe la coordinación adecuada ni la comunicación que de manera natural se debe dar entre quien presida el Tribunal y los demás integrantes del mismo», afirmó el Magistrado Indalfer Infante. Esto, en referencia a las investigaciones que habría en su contra por parte de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF).

También, al interior del TEPJF se le ha culpado de malos manejos de la Comisión de Administración.

Desconoce destitución

A la sesión virtual convocada este 4 de agosto Vargas no acudió. Su lugar, como presidenta por Ministerio de Ley del TEPJF lo tomó la Magistrada Janine Otálora a quien acusa de no haberlo citado ni enterado.

«La sesión que se llevó a cabo hace unos minutos mediante una plataforma diversa a la institucional, en la cual la Magistrada Mónica Soto y yo no participamos, es nula de pleno derecho», respondió Vargas en un video publicado en las redes sociales institucionales del TEPEJF. En él, se presentó como Presidente de dicho órgano.

Además, explicó que la evaluación que pidieron se le haga a su gestión «no corresponde a la naturaleza de las sesiones públicas del pleno del TEPJF. Los asuntos administrativos y de gobierno interno no son materia de dichas sesiones; poner a discusión el punto de acuerdo se está violentando el ámbito de competencia de este Tribunal», recalcó.

 

Argumentos constitucionales 

De igual manera, el Magistrado Vargas argumentó que «conforme a los artículos 99 constitucional y 171 de la ley orgánica del poder judicial de la Federación, la elección de la presidencia del tribunal es por un periodo fijo y no existe la figura de revocación o destitución por el pleno de la sala superior como forma de terminación del encargo».