Violencia Vicaria: tema urgente en la justicia mexicana

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Las madres y activistas del Frente Nacional Mujeres luchan todos los días por acceder a la justicia y que se reconozca la violencia vicaria como un tipo de violencia contra las mujeres mediante la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en los Códigos Penal y Civil del país.  

«No es que queramos hacer valer nuestros derechos de esta manera, pero a veces la vida te arrincona, te pone de rodillas y no te deja de otra y no te queda más que levantarte”, dice Gabriela Pablos, periodista e integrante del Frente Nacional Mujeres.

Gaby lleva más de 600 días sin poder ver a su hijo. Emilio, quien sólo tenía 7 meses de nacido, fue sustraído por su progenitor para «llevarlo al parque» y jamás volvió.

«Separar a un bebé, niño, o adolescente para romper el vínculo y la relación con su madre es violencia”, asegura Pablos, madre, periodista e integrante activa del Frente Nacional Mujeres.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos define la violencia vicaria como «aquella forma de violencia contra las mujeres en la que se utiliza a los hijos e hijas y personas significativas para ellas, como un medio para dañarlas o producirles sufrimiento, y que, de acuerdo con la literatura disponible en la materia, es perpetrada generalmente por los progenitores de las y los niños en los casos en que las agraviadas deciden terminar su relación o denunciar la violencia ejercida en su contra».

Tan sólo en el año 2020, según un comunicado de la CNDH, se recibieron al menos 150 solicitudes de casos de violencia vicaria en diferentes estados de la República Mexicana. Zacatecas se convirtió en el primer estado de México en tipificar la violencia vicaria como parte de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, así como de sus códigos locales familiar y penal. Y después de Zacatecas, se han unido los estados de Hidalgo, Estado de México y Yucatán.

 

El caso de Gaby

«Honestamente ha sido un infierno. Nadie nunca se imagina que vas a vivir la peor y la más cruel de las atrocidades como lo es vivir el duelo de un hijo en vida», cuenta Gabriela Pablos. Su historia empieza con un matrimonio violento, en el que tuvo un primer hijo y del cual pudo salir varios años después, sin saber que luego comenzaría la verdadera pesadilla.

Después de su primer divorcio, Gaby comenzó otra relación, una en la que se le prometió que todo lo que había vivido no se repetiría y donde la ilusión finalmente se rompió. Con su nueva pareja tuvo otro hijo, Emilio. «Él tenía 7 meses, un bebito de brazos que estaba todo el día pegado a mi seno y de pronto su papá dijo que iba al parque y jamás volvió, y lo siguiente que me entero es que tal vez se lo había llevado a Francia. Es la peor pesadilla en la que te puedes despertar en un día de tu vida», confiesa Gaby.

Ella lucha todos los días por sus hijos. «Es muy difícil todos los días estar lidiando con la certeza de cuándo algo va a cambiar, e incluso hablando con otras mamás, te das cuenta que hay mamás que llevan 9 o 10 años en esta situación».

Hasta la fecha, después de los más de 600 días sin su hijo, Gaby asegura que no ha tenido ninguna visita y que no ha podido verlo. «Lo que buscan los papás de mis hijos es borrarme, decirle a mis hijos que su mamá ya no es su mamá… y lo que un niño necesita no es tener a sus papás juntos, un niño necesita tener a sus papás bien». 

Otros tipos de violencias por las que también ha tenido que pasar Gabriela, son el acoso judicial y legal, pero más importante aún es la intimidación y el acoso aparentemente por parte de los padres de sus hijos.

A Gabriela la vigilan en la casa de sus papás, en la escuela de su hijo y en su casa «fulanos que están en carros estacionados todo el día… y después una manifiesta que teme por su vida, porque la violencia vicaria pasa por todas las violencias hasta que termina en el feminicidio”. 

Además, confiesa que las madres que sufren de violencia vicaria ya perdieron el miedo hasta de que las maten. «¿Cuántas no han quedado camino a una audiencia?», reclama. A eso, dice, hay que agregarle los obstáculos que las mismas autoridades le ponen y lo ejemplifica así: «Tuve muy obstaculizado mi acceso a la justicia de seis audiencias. No me pude presentar porque tenía acoso judicial, porque no sabía si me iban a quitar a mi hijo o si me iban a meter al tambo. Y en la audiencia en la que me presenté me detuvieron con una orden que venía de otro Estado».

A Gaby la detuvieron en una audiencia donde presentó a su hijo y donde demostró que su hijo estaba bien con su madre y que en sus palabras «les demostré que me ama».

«Ya muchas vencimos el miedo a que te encierren, a que te juzguen de algo que no cometiste. Ya superamos que estas cosas sí pasan, que es una realidad», dice Gabriela desesperada.

La razón de su detención fue por haberse «robado» a su hijo mayor, producto de su primer matrimonio. Fue acusada de un delito que no cometió y fue tratada «como una criminal». Sin embargo, en la audiencia la prueba quedó demostrado que los progenitores de sus hijos habían mentido y quedó registrado que había sido un proceso abusivo por parte de la autoridad, que incluso cometió fraude procesal.

Pablos explica que el Ministerio Público no se había dado a la tarea de investigar bien y que si hubieran revisado bien las supuestas pruebas que los progenitores presentaron desde un principio, no hubiera pasado una semana en el Reclusorio.

Y confiesa que los policías que la trasladaban le mencionaron que «lo grave es que esto de (la detención) trasladarla, los viáticos, honorarios, etcétera, ni siquiera lo pagan sus agresores, nos está pagando el Estado». Es decir, se utiliza dinero del erario, de nuestros impuestos para violentar a las mujeres y «para que hombres usen esos recursos para violentar y no a cualquier mujer, a la madre de sus hijos».

«Decidimos nosotras tomarnos de la mano y decir yo sí te creo y seguir caminando hasta que tengamos todas a nuestros hijos, hasta que las autoridades nos hagan caso y escuchen nuestros derechos”, grita Gabriela Pablos

El caso de Cecilia Monzón 

«A Ceci la mataron por una pensión alimenticia” dice Pablos, quien conoció de cerca ese caso que terminó en un feminicidio que movió muchas conciencias. Aunque no se mencione oficialmente, según la teoría, ese tipo de violencia también es vicaria.

Cecilia Monzón era abogada penalista, activista feminista y defensora de los Derechos Humanos. Fue asesinada el 21 de mayo en San Pedro Cholula, Puebla después que su auto fuera tiroteado por dos sicarios que iban en motocicleta cuando conducía por el Camino Real a Momoxpan y Anillo Periférico. A través de un comunicado, la CNDH condenó el asesinato de la activista e hizo un «llamado urgente a todos los sectores y autoridades en su conjunto para coordinar acciones urgentes que permitan atender este flagelo social y garantizar a mujeres y niñas una vida libre de violencia».

A través del Ministerio de Exteriores, el gobierno de España condenó el asesinato de Monzón, quien también contaba con la nacionalidad española y reconoció «la valentía y compromiso de Cecilia Monzón, quien dedicó su labor a defender y proteger legalmente a las mujeres y víctimas de violencia de género, así como a denunciar la violencia social y política». También, pidió a las autoridades mexicanas «desplegar todos los esfuerzos posibles para proteger efectivamente a las personas defensoras de derechos humanos, para que puedan ejercer su labor sin poner en riesgo sus vidas».

Años atrás, Cecilia había denunciado a Javier N., exdiputado priista y candidato por ese mismo partido al Gobierno del Estado de Puebla en 2010, por abandono de menor y no pagar la pensión alimenticia del hijo que tenían en común y que en ese momento tenía 4 años. El martes 7 de junio, la Fiscalía del Estado de Puebla anunció la detención de Javier N. como el presunto autor intelectual del feminicidio de Cecilia. Incluso días antes del feminicidio, Cecilia Monzón se quejaba que las denuncias estuvieran atascadas en la Fiscalía y además acusó al progenitor de su hijo de esconder sus bienes para no tener que pagar la manutención de su hijo poniendo muchos de sus negocios a nombre de sus padres y de una pareja con quien tuvo tres hijas.

«El señor da el 10% de la pensión fijada por el juez mientras que las mujeres nos endeudamos. [Los hombres] llevan un juicio hacia arriba para que tú firmes cualquier pendejada, pero no voy a firmar y voy a llegar hasta donde tenga que llegar aunque me tengan así… así tenga que vender el alma al diablo este juicio se acaba y se acaba bien; y si lo tienen que resolver los federales, así se va a resolver y a la chingada», dijo en un video publicado en sus redes sociales.

 

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El 13 de junio, la Fiscalía informó mediante un comunicado la vinculación a proceso de Javier N., Jair N. y Santiago N., por el feminicidio de Cecilia Monzón. También mencionan que «la Institución responsable de procurar justicia en el Estado de Puebla… ante la autoridad judicial formuló imputación y expuso datos de prueba de los actos de investigación que desarrolló». La vinculación a proceso por delito de feminicidio se obtuvo para los tres hombres antes mencionados así como la imposición de medidas cautelares de prisión preventiva oficiosa y además se logró la vinculación a proceso por delito de violencia familiar en contra de Javier N.

La situación legal actual 

“Nuestra lucha no es en contra de los hombres, nuestra lucha es en contra de los agresores”, asegura Noelia Suárez, representante del Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria en Nuevo León.

 

Actualmente en México, sólo hay cuatro estados que han tipificado la violencia vicaria en La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia o en sus respectivos códigos penales y/o familiares, estos estados son Zacatecas, Estado de México, Hidalgo y Yucatán, y de estos cuatro Estados, sólamente en Zacatecas y en el Estado de México ha entrado en vigor con la Ley General de Acceso, faltando en sus códigos Civil y Penal para que la normativa esté realmente completa en el tema.

Sin embargo, hace falta más que una reforma para que exista un verdadero acceso a la justicia y a una vida como la misma ley dice “libre de violencia”. El abogado y profesor del Tecnológico de Monterrey y experto en temas de derecho penal, Leopoldo Ángeles González, compartió su experiencia y conocimientos en el tema de derecho con respecto a la violencia vicaria, los principales retos, limitaciones y sesgos en los que se pueden caer al trabajar con las tipificaciones y reformas con respecto a esta violencia.

“Hay una forma muy sencilla tal vez de establecer esta causalidad, es decir, acción-resultado. Pero en la violencia vicaria, hay alguien en medio porque no es directa la violencia, entonces esa es la complejidad”. También mencionó algunos puntos por los cuales los periciales no detectan la violencia vicaria, por ejemplo, mencionó que los  “informes periciales en psicología los hacen en 40-50 minutos, y para entender una violencia vicaria necesitas tener un contexto de quiénes son los dos papás y el contexto anterior de su relación… Se necesitan psicólogas que conozcan la violencia vicaria para que se amplíe el espectro de información en las entrevistas psicológicas con las víctimas” todo esto para poder entender si estamos realmente dentro de un caso de violencia vicaria o no.

Retos de tipificación y legislación

Otro de los grandes retos en los que nos encontramos en general con cualquier caso de violencia ya sea de género o de cualquier otro tipo, son aquellos aspectos que se toman en cuenta al momento de tipificar algún delito y el problema es el enfoque penal que tenemos hoy en día y desde hace mucho tiempo “que pensamos que si tú añades conductas delictivas a los códigos, solucionas un problema… porque estamos bien acostumbrados a una figura que llamamos el populismo penal, es decir, pensamos que si vendemos prisión solucionamos problemas sociales” entonces “llegamos a ese extremo de que ponemos en las leyes todo lo que se nos viene a la mente porque queremos solucionar conflictos familiares, personales, sociales estableciendolo en la ley y luego no nada más eso, sancionandolo penalmente”. El Lic. Ángeles Gonzáles también afirma que definitivamente sí hay conductas que deben tener sanción penal, porque tomando como ejemplo la violencia vicaria, no nada más se afecta a la mujer, sino también al o los hijos y el entorno social y psicológico

Otra cuestión que preocupa y en la que en general para cualquier delito deberíamos exigir que se trabaje con objetividad y como lo marca la Constitución Mexicana a nuestros legisladores, sobre todo diputados, es la correcta aplicación de penas. Según el Artículo 22 de la Constitución Mexicana “Toda pena deberá ser proporcional al delito que sancione y al bien jurídico afectado.” Sin embargo, “el legislador, lamentablemente confunde la sanción penal con un castigo, cuando en México, la sanción penal es para reinsertar socialmente al que comete una conducta delictiva a la vida en sociedad… entonces las sanciones penales deben estar calculadas en base al tiempo que un individuo necesita para mejorar o sanar sus procesos físicos, psicológicos y psiquiátricos y volver a la vida en sociedad”.  Y según el deber ser, se necesita un estudio científico, médico, sociológico, psicológico o psiquiátrico que determine el mínimo y máximo de tiempo que necesita una persona para volver a la vida en sociedad.  “En México no hay una justificación científica para determinar por qué se establecen las sanciones que se establecen”. 

Fotografía de El Diario de Yucatán
Fotografía de El Diario de Yucatán

La Redacción

Según el abogado penal, uno de los principales retos para que la Ley Vicaria funcione, por más sencillo que suene, es la redacción. “El problema principal que tú vas a ver, es que la redacción está super bonita, pero el problema es que, penalmente hablando, mientras más bonita esté la redacción, mientras más términos use, mientras más extensa esté una redacción, más difícil es probar. Este es uno de los grandes problemas que tenemos en conductas delictivas que vienen de un núcleo familiar, psicológico o psico-emocional, el trasladarlos a una descripción sencilla en un código penal para que sean de fácil justificación y que realmente protejan a la mujer y a los niños.”

Entonces, según el Lic. Ángeles, si eventualmente, llegara a Nuevo León la adaptación de esta violencia, la definición que tendría que estar en el código penal tendría que ser lo más sencilla posible, si no “no sirve de absolutamente nada” dice el abogado experto en derecho penal.

Revictimización en procesos burocráticos

Uno de los aspectos más importantes y del cuál se debe aprender mucho, es respecto al ámbito burocrático. Los procesos legales en la mayoría de los casos pero en especial cuando hablamos de violencia de género son revictimizantes y algunas veces violentos “es una situación que a todo mundo le conviene menos a la mamá y a los hijos… es muy difícil y muy desgastante vivir con la judicialización de tu vida”, dice Gaby.

La revictimización o victimización secundaria, es la respuesta que da el sistema a una víctima. Esta respuesta hace que la persona reviva la situación traumática y vuelva a asumir su papel de víctima. Esta vez no es sólo víctima de un delito, sino de la incomprensión del sistema.

“Por lo menos dos días laborales de tu semana, se te van a ir en trámites. En papeles y trámites donde te van a revictimizar y donde terminan diciéndote “ay señora pues usted lo escogió»… no importa lo que hagan, siempre terminan revictimizándote”.

La revictimización es uno de los muchos aspectos que hacen al proceso burocrático de denuncias ser deficiente en las respuestas judiciales en casos de violencia de género y especialmente en la violencia vicaria, en este sentido, la revictimización es uno de los mayores obstáculos para combatir la impunidad y la negligencia. 

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos en la Relatoría Sobre los Derechos de la Mujer dice que “los sistemas de justicia no protegen de manera suficiente la dignidad y la privacidad de las víctimas dentro del proceso de investigación.  Las víctimas llegan a ser revictimizadas por una falta de sensibilidad ante su situación de víctimas, su sexo y la gravedad de los hechos alegados”.

Nuevo León y el impulso a la Ley Vicaria 

En el mes de abril, las diputadas locales del PAN Lilia Olivares Castañeda y Nancy Olguín Díaz encabezaron la iniciativa del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria que fue presentada en la Oficialía de Partes del Congreso del Estado. Las diputadas impulsaron modificaciones y adiciones a la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, para tipificar la Violencia Vicaria como delito penal con castigos de 4 a 8 años de prisión a los agresores, a fin prevenir y erradicar feminicidios tras actos de divorcio o separación, así como evitar daños a la salud mental e integridad física de las mujeres, hijas e hijos.

Fotografía: Grupo Legislativo PAN
Fotografía: Grupo Legislativo PAN

En el documento presentado ante el Congreso se indica que el término de Violencia Vicaria fue acuñado desde el 2012 por la Psicóloga Clínica y Forense, Sonia Vaccaro, tras más de 40 años como especialista en el tema, y se define como aquella agresión que se ejerce sobre las hijas e hijos o personas del círculo cercano afectivo de la mujer como  madre, padre y hermanas o hermanos, con el único fin de dañar a la mujer. “El reto más importante es que la sociedad y autoridades visibilicen y acepten que este tipo de violencia realmente existe y la padecemos miles de mujeres a nivel estatal y nacional” dice la representante del Frente Nacional Contra la Violencia Vicaria en Nuevo León Noelia Marisol Suárez.

Fotografía recuperada de la página oficial de Sonia Vaccaro, psicóloga clínica y forense

La Iniciativa en Nuevo León

“Nos han apoyado las diputadas Lily Olivares, Nancy Olguín y Paola Coronado del partido PAN” dice la integrante del FNVV. “Hasta el momento no ha existido una oposición de parte del gobierno para que la ley sea tipificada, pero sí se han expresado en contra algunos hombres” expone la activista.

Fotografía cortesía del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria

En la iniciativa impulsada por el Frente, se pretende adicionar la fracción VI y sus incisos al artículo 287 Bis del Código Penal del Estado de Nuevo León para quedar de la siguiente manera:

Artículo 287 Bis. Para los efectos de este artículo, los tipos de violencia son:

            I al V… 

            VI.- Comete el delito de violencia vicaria, el hombre que mantenga o haya mantenido una relación de hecho o de pareja con la mujer, y que dolosamente dañe a ésta, por sí o por interpósita persona, utilizando como medio a las hijas e hijos de la víctima y generando un consecuente daño psicoemocional e incluso físico, a los menores. 

Dentro de la iniciativa legal por parte del FNVV y apoyada por las diputadas del PAN, se habla de las circunstancias en las que se considera que existe la finalidad de hacerle daño a la madre:

Además, se expone en la propuesta que quien cometa el delito de violencia vicaria se le impondrá de 4 a 8 años de prisión y que estas penas se pueden incrementar hasta en una tercera parte en su mínimo y máximo si se incurre en daño físico a las hijas o hijos de la víctima. “Creo que Nuevo León si será un estado más en contar con la tipificación de la ley, ya que las mujeres, niños y niñas del estado estamos en una completa desprotección legal en cuanto a casos de violencia vicaria”, agregó finalmente Noelia Suárez.

Números y porcentajes

A finales de mayo, el FNVV presentó la segunda entrega de resultados de una encuesta nacional titulada “Reconocimiento de la Violencia Vicaria en México”, una investigación coordinada por la agencia de investigación Altermind. En esta encuesta, hubo una participación de 2,231 mujeres a nivel nacional y se llevó a cabo del 15 de marzo al 15 de abril del presente año, según el informe presentado por el Frente Nacional contra la Violencia Vicaria.

Entre los hallazgos más importantes y significativos se encuentran los siguientes:

  • En el 86% de los casos, el agresor amenazó a la mujer de hacerle daño a través de sus hijas e hijos.
  • El 82% de los agresores ha negado pensión alimenticia a favor de sus hijas e hijos.
  • En el 50% de los casos de violencia vicaria han sido amenazadas de muerte por parte del agresor de manera directa o indirecta.
  • Sólo en el 30% de los casos de violencia vicaria la mujer cuenta con los recursos económicos adecuados y suficientes para financiar los procesos legales.
  • En promedio, la víctima dedica 15 horas a atender sus procesos legales.
  • El 58% de los agresores vicarios usan tráfico de influencias para perjudicar a sus víctimas y a sus hijas e hijos.
  • Los agresores vicarios tienen acceso a armas en el 50% de los casos.
  • El 18% de los agresores desempeñan cargos públicos.

En la entrevista con Gabriela Pablos, también integrante del Frente, se habló de la implementación de una base de datos, de la cual mencionó que es con la CNDH con quienes se está tratando de integrar una nueva base de datos, ya que cada colectiva cuenta con su propia forma de recabar información y sus propios filtros. “Sí tenemos datos, pero decirte incluso una cantidad de mamás nada más en el Frente Nacional, pues sería incluso dejar fuera a un montón de mamás que también lo están viviendo” confesó la activista.

Fotografía cortesía del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria
Fotografía cortesía del Frente Nacional contra la Violencia Vicaria

¿Qué nos espera en el futuro?

En las declaraciones del abogado penalista, Leopoldo Ángeles, menciona que el principal reto para lograr que se tipifique a nivel nacional la violencia vicaria tanto en la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia como en los Códigos Penal y Civil es “la forma de tipificación, es decir, cómo la va a establecer el legislador en el código para que esa conducta que ahora sea delictiva sí proteja el bien jurídico que es la vida y la integridad de los niños, niñas, adolescentes y la mamá”.

Suponiendo que quede tipificada la violencia vicaria en cualquier Estado donde no esté, los pasos que siguen según el Lic. Ángeles, serían:

  1. Capacitar a ministerios públicos, policías y primeros respondientes.
  2. Capacitar a las y los psicólogos que realizan las evaluaciones psicológicas para que sepan qué preguntar para que al momento de responder, el o la psicóloga pueda identificar o detectar la violencia vicaria.
  3. Capacitar a las áreas involucradas en la investigación.

Aunque no ha habido seguimiento en el tema de la tipificación en Nuevo León, Noelia Suárez, quien representa al Frente Nacional contra la Violencia Vicaria en el Estado asegura que desde el FNVV están y siguen “trabajando arduamente para que exista una ley que nos proteja”.

«Yo a todas las mamás que están viviendo esta situación sí les diría que no se dejen intimidar, no se dejen amedrentar, yo siento que la fuerza más grande para sostener todo esto siempre va a ser el amor a los hijos. Con ese amor que yo los traje a la vida, ese amor que siento por ellos, es la fuerza más infinita, es la fuerza más poderosa también para seguir adelante.